
Señala la referida decisión que dicha Ley cumple los parámetros de constitucionalidad y que su entrada en vigencia está supeditada al cumplimiento, por parte de la Asamblea Nacional, del extremo necesario relativo a la viabilidad económica que permita garantizar el cumplimiento de la finalidad social que involucra tal ley.
La sentencia señala que es inherente al Estado Social de Derecho el otorgamiento de beneficios sociales a las poblaciones vulnerables como los adultos mayores y que las políticas de Estado han venido incrementando progresivamente el número de beneficiarios.
http://www.lapatilla.com/site/2016/04/30/tsj-declara-constitucionalidad-de-la-ley-de-bono-de-alimentacion-para-pensionados/
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