En audiencia del 13 de enero de 2017, Jueza del Tribunal 11 de Municipio de Caracas sentenció a favor de adultos mayores y la orden al IVSS sobre pago de pensiones es otorgarlas.
La ley no indica que por irresponsabilidad de la empresa al trabajador se le deba privar del derecho a su pensión.
Luego de poco más de un año desde que se
interpusiera, el 9 de septiembre de 2015, una demanda contra el
Instituto Venezolano de los Seguros Sociales por haber negado pensiones
argumentando que las empresas estaban morosas, la jueza del Tribunal 11
de municipio en Caracas ratificó este viernes 13 de enero de 2017 que la
ley no indica que por irresponsabilidad de la empresa al trabajador se
le deba privar del derecho a su pensión.
Una vez revisados los requisitos que
exige el artículo 27 de la ley del IVSS. la funcionaria aseguró que el
trabajador no puede ser el perjudicado por la negligencia del Estado en
fiscalizar las empresas y de los patronos por no entregar los recaudado
por cotizaciones al IVSS, ordenando a este último cumplir con el pago de
pensiones.
Es importante resaltar que con esta decisión se les están reivindicando los derechos a 49 adultos mayores quienes, con el acompañamiento del Programa Venezolano de Educación- Acción en Derechos Humanos (Provea) y el Comité de Derechos Humanos para la Defensa de los Pensionados, Jubilados y Adultos Mayores interpusieran la demanda en 2015.
Pago de pensiones obligado
Esta lucha por la reivindicación de los
derechos de los adultos mayores comenzó el 9 de septiembre de 2015
cuando el Programa Venezolano de Educación- Acción en Derechos Humanos
(Provea) junto al Comité de Derechos Humanos para la Defensa de los
Pensionados, Jubilados y Adultos Mayores interpusieran una demanda por
la deficiente prestación del servicio del Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS) ante los juzgados de Municipio con competencia
en lo contencioso administrativo del Área Metropolitana de Caracas.
Se trataba mujeres y hombres que por
largos años colaboraron con su fuerza de trabajo tanto en instituciones
públicas como privadas al desarrollo del país
Para la fecha en que fue introducida la
demanda, en Venezuela se contaba alrededor de 200 mil personas afectadas
por el retraso y el incumplimiento del Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS), de acuerdo a cifras del comité de DDHH para la
defensa de los Pensionados.
Según las cifras se trataba de mujeres y
hombres que por largos años colaboraron con su fuerza de trabajo tanto
en instituciones públicas como privadas al desarrollo del país y quienes
han visto como después de cumplida la edad establecida en la ley de 60
años en caso de los hombres y de 55 años en el caso de las mujeres, y
realizado las correspondientes cotizaciones para poder optar por el pago
de pensiones por vejez, ésta no se les ha otorgado a pesar de haber
acudido en distintas oportunidades al IVSS, entregado los requisitos que
se les indica y hacerle seguimiento al trámite administrativo.
El activista de DDHH, y abogado
representante de Provea, Marino Alvarado expresó que “este triunfo
reafirma la importancia de defender los derechos en la calle y con los
mecanismos que la Constitución y las leyes otorgan”.
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